Incorporar a la primera persona —o la décima— siempre es un salto. Implica asumir una responsabilidad laboral, un coste fijo y un compromiso con alguien que va a formar parte del día a día de tu empresa. Una contratación bien pensada ahorra sustos; una mal planteada puede acabar en indemnizaciones, multas y mal ambiente.

Antes de contratar: ¿necesitas un empleado o hay otras fórmulas?

A veces se contrata por inercia cuando otra fórmula encaja mejor. Un colaborador autónomo, una empresa externa o una contratación temporal a través de ETT pueden resolver necesidades puntuales sin comprometerte a largo plazo. La clave está en ser honesto con la naturaleza del trabajo: si la persona va a tener horario, jefe y continuidad, es un empleado y debes contratarlo como tal.

Tratar a un empleado como falso autónomo es una de las situaciones más caras que vemos. La Inspección de Trabajo lo detecta con facilidad y la sanción mínima ronda los 3.750 € por trabajador, más la obligación de regularizar cotizaciones atrasadas.

Elegir la modalidad de contrato adecuada

Indefinido ordinario

La modalidad por defecto desde la reforma de 2022. Si la necesidad es estable, el contrato debe ser indefinido, sin excepciones. Ofrece estabilidad al trabajador, bonificaciones fiscales en muchos casos y evita el riesgo de conversión forzosa por uso indebido de temporales.

Fijo-discontinuo

Para actividades cíclicas o estacionales (hostelería, agricultura, comercio en campañas). El trabajador es indefinido pero su actividad se interrumpe y reactiva según la temporada. Bien usado, es una herramienta potente; mal usado, un riesgo importante.

Contratos de duración determinada

Solo dos supuestos tras la reforma: circunstancias de la producción (máximo 6 meses, ampliable a 12 por convenio) y sustitución de persona trabajadora. Cualquier uso fuera de estos supuestos convierte automáticamente el contrato en indefinido.

Formativos: prácticas y formación en alternancia

Para incorporar talento joven con titulación o en proceso de obtenerla. Tienen ventajas en cuota, pero exigen tutor, plan formativo y cumplimiento de duraciones máximas. No es un "temporal barato": mal gestionado acaba en sanción.

Cláusulas y condiciones que no puedes olvidar

Un contrato bien redactado reduce litigios. Estas son las cláusulas que revisamos siempre antes de firmar:

  • Convenio colectivo aplicable: determina salario mínimo, vacaciones, complementos y categorías. Equivocarse aquí es un clásico.
  • Categoría profesional y funciones: si son ambiguas, el empleado puede reclamar un encuadramiento superior.
  • Período de prueba: 6 meses para titulados, 2 meses para el resto en empresas de menos de 25 personas.
  • Jornada y distribución: completa, parcial, nocturna, turnos. Registra siempre la distribución anual si varía.
  • Salario y complementos: bruto anual, pagas extras (prorrateadas o no), complementos variables y dietas.
  • Confidencialidad, propiedad intelectual y no competencia: si el puesto lo requiere, cláusulas específicas y proporcionadas.

Los errores más caros al contratar

Estos son los fallos que más nos encontramos —y que más terminan costando:

  1. Firmar el contrato después del inicio de la actividad. El alta en Seguridad Social debe hacerse antes de que la persona empiece a trabajar. Multas de 3.750 € a 10.000 €.
  2. Pagar por debajo del convenio pensando que no se va a enterar. El convenio marca el suelo: cualquier cantidad inferior es reclamable con atrasos hasta un año.
  3. No entregar por escrito el Anexo de prevención de riesgos laborales. Obligatorio en toda contratación.
  4. Usar temporales para cubrir necesidades estables. Cada temporal encadenado indebidamente convierte el contrato en indefinido de oficio.
  5. Clasificar mal el puesto para pagar menos. Si el trabajo real no coincide con la categoría firmada, la reclamación prosperará en juicio.

Una contratación bien hecha se nota en el año tres, no en el año uno. El que ahorras en hacerlo mal al principio, lo pagas multiplicado después.

— Francisco Javier Garzón, Graduado Social en Utrece

Checklist antes de firmar

Si te aseguras estas seis cosas antes de formalizar una contratación, tienes un 90% del riesgo cubierto:

  • Has identificado el convenio colectivo aplicable y sabes qué salario mínimo y categoría corresponde al puesto.
  • Tienes clara la modalidad de contrato y por qué la usas.
  • El alta en Seguridad Social está tramitada antes del primer día de trabajo.
  • Tienes redactado el contrato con todas las cláusulas relevantes, revisado por un graduado social.
  • La persona ha recibido la formación en prevención de riesgos y el equipo de protección individual si lo requiere.
  • Has informado al Servicio Público de Empleo dentro de los plazos legales.

Cómo te ayudamos en Utrece

Gestionamos todo el proceso de contratación de principio a fin: análisis de la necesidad, elección de la modalidad, redacción del contrato, alta en Seguridad Social, comunicación al SEPE y formación inicial. También asesoramos en la gestión diaria posterior: nóminas, modificaciones de condiciones, bajas médicas, vacaciones, conflictos y —si llega el caso— extinciones.

¿Vas a contratar pronto y quieres hacerlo bien?

Analizamos tu caso sin compromiso y te decimos qué modalidad encaja y qué debes preparar.

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