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Particulares: a tu lado en cada momento importante

Herencias, Renta, compra de una vivienda, un divorcio, una prestación que no llega, una carta de Hacienda que no entiendes... A lo largo de la vida surgen momentos en los que necesitas a alguien que te explique qué tienes que hacer y lo haga contigo. Para eso estamos.

Vivienda residencial representando patrimonio familiar

No somos solo el asesor de empresas

Lo normal es acudir a un asesor por una empresa, un negocio, una actividad. Pero muchos de los momentos importantes de la vida ocurren fuera de eso: cuando compras tu primera casa, cuando se queda un familiar sin trabajo, cuando hay que repartir una herencia, cuando llega un divorcio, cuando te prejubilan antes de tiempo.

En todos esos momentos hay decisiones fiscales, laborales o jurídicas que tomar. Y casi nunca tienes tiempo —ni ganas— de convertirte en experto. Nuestro trabajo es hacerlo por ti: entender tu situación, explicarte las opciones con claridad y hacerte las gestiones.

Cada año atendemos a cientos de particulares: asalariados que nos encargan su Renta, autónomos que necesitan ayuda con el IVA, herederos que no saben por dónde empezar, trabajadores que han sido despedidos y quieren reclamar. Mismo equipo, mismo rigor que con las empresas.

Áreas de actuación

Qué hacemos exactamente

Estos son los seis bloques más habituales. Si lo tuyo no encaja del todo en ninguno, llámanos igual: casi seguro que te ayudamos.

01

Renta y patrimonio

  • Declaración de la Renta anual (IRPF)
  • Optimización de deducciones autonómicas
  • Declaración de Patrimonio si procede
  • Declaraciones fuera de plazo y rectificaciones
02

Herencias y sucesiones

  • Asesoramiento previo al fallecimiento
  • Cálculo y liquidación del Impuesto de Sucesiones
  • Adjudicación, partición y cuaderno particional
  • Aceptación a beneficio de inventario
03

Donaciones y pactos familiares

  • Donaciones en vida y reducciones aplicables
  • Pactos sucesorios en comunidades que los admiten
  • Transmisión de empresa familiar
  • Redacción de protocolo familiar
04

Compra-venta de vivienda

  • Impuestos en la compra (ITP o IVA según caso)
  • Plusvalía municipal: cálculo y recurso
  • Ganancia patrimonial en la venta
  • Deducción por reinversión en vivienda habitual
05

Laboral y prestaciones

  • Reclamaciones por despido improcedente o nulo
  • Prestaciones por desempleo y ayudas
  • Jubilación, viudedad y orfandad
  • Incapacidades temporales y permanentes
06

Autónomos y colaboradores

  • Alta, baja y cambios de actividad (modelo 036/037)
  • IVA trimestral e IRPF
  • Deducciones, gastos y amortizaciones
  • Planificación del cese de actividad
Para quién

¿Te suena alguno de estos casos?

AsalariadosRenta, despido, prestaciones
AutónomosAlta, IVA e IRPF
HerederosSucesiones y adjudicación
Nuevos propietariosCompra de vivienda
Cómo trabajamos

Rápido, claro y sin letra pequeña

01

Cuéntanos qué pasa

Puedes venir a la oficina, llamar o escribirnos por WhatsApp. Nos cuentas tu situación con tus palabras, sin necesidad de prepararte documentación aún.

02

Valoración sin compromiso

Analizamos tu caso, te explicamos opciones, plazos y coste. Si necesitas algo, tendrás un presupuesto cerrado por escrito. Si no tiene sentido que nos contrates, te lo decimos.

03

Gestión completa

Nos encargamos de recopilar documentos, preparar escritos, presentar modelos o representarte. Te mantenemos al día por el canal que prefieras.

04

Cierre y seguimiento

Cuando el asunto se cierra, te entregamos un resumen claro con lo que ha pasado y los documentos relevantes. Si surge algo más adelante, sigues teniéndonos a mano.

¿Empezamos?
Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

Depende de la complejidad. Una Renta estándar de un trabajador por cuenta ajena con una o dos fuentes de ingreso está en una tarifa fija. Si hay inmuebles en alquiler, actividades económicas, ganancias de capital o tributación en el extranjero, cambia. Te damos presupuesto cerrado antes de empezar.
Con un solo pagador y menos de 22.000 € anuales, no. Con dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 € si el segundo pagador ha abonado más de 1.500 €. Pero aunque no estés obligado, muchas veces declarar compensa porque la devolución es favorable. Lo calculamos gratis antes de decidir.
Si aceptas sin más (aceptación pura y simple), respondes de las deudas del fallecido con tu propio patrimonio. Pero puedes aceptar "a beneficio de inventario": solo respondes hasta donde alcance lo heredado. Es una decisión importante que hay que tomar con información completa, y por eso siempre recomendamos analizar antes de firmar.
Sí. Hacemos la declaración del IRNR (Impuesto sobre la Renta de no Residentes) para españoles o extranjeros con ingresos en España. También gestionamos declaraciones de patrimonio, herencias y ventas de inmuebles para no residentes. Todo online.
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La primera consulta es gratuita

Cuéntanos tu situación. Analizamos tu caso sin compromiso y te decimos qué hacer y cuánto costaría. Si es una duda puntual que se resuelve al momento, te la resolvemos y listo.

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